|
REQUISITOS PARA TRAMITAR EL PERMISO RELATIVO A PASAPORTES PARA MENORES
Normalmente, los padres o tutores de menores de nacionalidad mexicana
deberán acudir con éstos al solicitar la expedición o refrendo de sus
pasaportes. Sin embargo, en ocasiones unos y otros radican en lugares
diferentes y la distancia les impide acudir juntos a efectuar dicho trámite.
Para estos casos existe un mecanismo de coordinación: el permiso pude ser
otorgado en una Representación de la S.R.E. y el pasaporte expedido en otra.
Requisitos:
A. Si el menor se encuentra en México, en otro país, o en otra provincia
canadiense
• Presentarse en persona al Consulado General de México (o al Consulado
Honorario de México en Winnipeg). Esta comparecencia corresponde a ambos
padres o el que radique en Ontario, o bien a quien ejerce la patria potestad.
• Presentar pasaporte vigente y otra identificación oficial, más dos
fotocopias de la página o páginas donde aparecen la fotografía y firma.
• Presentar acta de nacimiento del menor y dos fotocopias de la misma (bastaría
con las fotocopias en caso de que el original se vaya a presentar en el
lugar donde se solicitará el pasaporte).
• Requisitar la forma
de autorización O. P. 7, que proporciona el Consulado.
Una vez cumplido lo anterior, el Consulado transmitirá el permiso a la
Delegación de Pasaportes o a la Embajada o Consulado más próximo al lugar de
residencia del menor, en donde se le podrá extender el pasaporte respectivo,
una vez que se cumpla con el resto de los requisitos.
B. Si el menor se encuentra en las provincias de Ontario o Manitoba.
• El progenitor o quien ejerce la patria potestad podrá acudir a la
Delegación de la S.R.E. o la Embajada o Consulado más próximo a su domicilio
para identificarse, presentar copia del acta de nacimiento del menor y
requisitar la forma de autorización O.P. 7, la cual será transmitida por
conducto oficial a este Consulado General, el cual podrá extender el
pasaporte respectivo, una vez que se cumpla con el resto de los requisitos (ver
sección relativa a pasaportes).
Cuando sólo uno de los progenitores tenga la patria potestad del menor, será
éste quien se presente con el documento que lo pruebe: acta de nacimiento
del menor en el caso de las madres solteras; resolución judicial en que se
despoja de la patria potestad al otro progenitor, en el caso de padres
divorciados; u original del acta de defunción del progenitor ausente.
A los menores de 3 años sólo se les puede expedir pasaporte con validez de
un año.
Derechos: este trámite es gratuito.
|